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Tribunal Popular para la determinación de la Responsabilidad Política-Venezuela
par Jesús Silva R.
Publie le Sábado 25 de febrero de 2012 par Jesús Silva R. - Open-PublishingBases jurídicas para la instalación de un Tribunal Popular para la determinación de la Responsabilidad Política en la República Bolivariana de Venezuela
Abg. Jesús Silva R.
Constitucionalista y penalista. Profesor universitario.
http://jesusmanuelsilva.blogspot.com
Durante la presidencia de Fernando Soto Rojas en Asamblea Nacional, mujeres y hombres comprometidos con la defensa de los derechos humanos nos congregamos para discutir estrategias y tácticas destinadas a fomentar conciencia en Venezuela sobre los crímenes cometidos por agentes del Estado en la etapa del Pacto de Punto Fijo. De aquí nació la Ley para Sancionar los Crímenes, Desapariciones, Torturas y Otras Violaciones de los Derechos Humanos por Razones Políticas en el Período 1958-1998, publicada en la Gaceta Oficial N° 39.808 del 25 de noviembre de 2011. Entre las diversas comisiones de trabajo que fueron designadas por el diputado Soto, me correspondió trabajar con el ex guerrillero Paúl del Río (también conocido como Máximo Canales), razón por la cual produje el siguiente proyecto que hasta hoy mantiene suprema vigencia para la investigación jurídica e histórica, así como para la lucha antifascista en Venezuela y el mundo.
COMISIÓN DEL TRIBUNAL POPULAR
PARA LA DETERMINACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD POLÍTICA
PLAN DE TRABAJO
Este colectivo revolucionario tiene como objetivo primordial, demostrar ante la opinión pública la responsabilidad política que recae sobre las organizaciones partidistas (AD y COPEI) que habiendo ejercido la dirección del Estado venezolano en un esquema liberal burgués, promovieron la comisión de crímenes contra los derechos humanos a través de sus aparatos oficiales de represión en perjuicio de miles de militantes políticos y ciudadanos disidentes al régimen inconstitucional impuesto en el período de 1960 a 1989, y simultáneamente elevar la conciencia de nuestro pueblo sobre implicaciones políticas y sociales de esta etapa histórica.
En consideración al nexo causal existente entre el grupo de dirigentes y militantes de estos partidos políticos (AD y COPEI), quienes detentaron la autoridad sobre la fuerza pública y perpetraron los crímenes que serán investigados por esta comisión, desarrollaremos una investigación exhaustiva y multidisciplinaria para la verificación de violaciones específicas contra los derechos humanos, tales como:
• Genocidio, crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad
• Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes
• Desapariciones forzadas de personas
• Apología del odio. Propaganda a favor de la guerra. Discriminación.
ALGUNOS INSTRUMENTOS APLICABLES
En armonía con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la legislación penal vigente, la comisión tendrá entre sus referencias, los criterios contenidos en diversas normas internacionales como:
• Declaración Universal de los Derechos Humanos
• El Estatuto de Roma
• Convención contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes
• Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos
• Convención Americana de los Derechos Humanos
• Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales.
TAREAS PRÁCTICAS DE LA COMISIÓN
En el marco de una campaña de concientización popular, se difundirá la importancia política e histórica de hacer cesar la impunidad sobre estos crímenes, resaltando la urgencia de que el Estado venezolano avance expeditamente en la persecución de graves violaciones de Derechos Humanos, para lo cual promoverá recomendaciones y aportará datos en los procesos judiciales respectivos ante las instituciones competentes.
Resaltando los propósitos políticos, éticos y morales de la comisión, se destacarán los preceptos principales de Derecho aplicables en materia de castigo a las violaciones de derechos humanos, tales como:
• Principio de Justicia Universal
• Imprescriptibilidad penal
• Violaciones de Derechos Humanos
PRIMERA ETAPA (MARZO, ABRIL Y MAYO)
Recopilación de los elementos de convicción para la verificación y determinación de la responsabilidad política.
• Testimonios de los sobrevivientes y familiares con clara descripción de las circunstancias de modo tiempo y lugar de los hechos criminales.
• Archivos de hemeroteca y documentos afines que acreditan el carácter público y notorio de los hechos señalados.
• Rescate de la información contenida en los archivos de los cuerpos represivos de la época con el propósito de determinar las violaciones cometidas al debido proceso de los presos políticos (Omisión de las garantías constitucionales, derecho a la defensa, detenciones arbitrarias, etc.).
SEGUNDA ETAPA (JUNIO Y JULIO)
• Sistematización técnico jurídica de los datos recabados en la investigación.
• Difusión y propaganda sobre la síntesis de resultados y su trascendencia histórica, política y jurídica (prensa, radio, televisión, Internet)
• Celebración de foros, talleres y asambleas populares para el debate y concientización sobre “el pasado y el presente de Venezuela en materia de derechos humanos”.
• Emplazamiento público a los indiciados (Adecos, copeyanos y afines) para la designación de su grupo de defensa técnica. (En su defecto, se designará defensor de oficio).
ETAPA FINAL (AGOSTO)
Celebración del Tribunal Popular en audiencia oral y pública (Duración: Tres días).
• Primer día: Recibimiento a los observadores internacionales. Instalación. Lectura de informes preliminares.
• Segundo día: Exposición de la acusación. Exposición de la defensa.
• Tercer día: Réplica y contrarréplica orales. Conclusiones. Sentencia.
• Lugar del evento: Cuartel San Carlos/ Auditorio Parque Central/ Aula Magna UCV.